Los detalles privilegiados del escudo español

orbe

El escudo de España no siempre ha sido como lo vemos hoy en día, ha variado en numerosas ocasiones. Desde la primera versión (el «Tanto monta») han pasado más de 500 años, y 10 diseños diferentes hasta que se han fijado las características que rigen el diseño actual mediante la Ley 33/1981 que, en su artículo 1, obliga a la incorporación de tres coronas, cada una de ellas con símbolos y detalles incompatibles con artículos de la Constitución; por ejemplo, leemos en el articulo 16.3: «Ninguna confesión tendrá carácter estatal.», algo que resulta incoherente con un elemento que aparece en el escudo español de forma bastante disimulada: el orbe o «globus cruciger», un globo terráqueo con una cruz encima. Y es que no se trata de un símbolo cualquiera, es un antiguo símbolo incorporado hace siglos a la iconografía cristiana que representa el dominio del cristianismo (la cruz dorada) sobre el mundo (el orbe azul). Es el símbolo de la ambición y anhelo de dominación cristiana sobre todo el globo terráqueo.

Esquema escudo

Su tamaño es pequeño, casi podríamos decir que es el elemento más pequeño de todos los del escudo, sin embargo, destaca por su situación, por encima de cualquiera de los demás elementos: en lo más alto del escudo, rematando la corona; no solo la corona principal sino también las pequeñas, porque en el escudo hay tres coronas, una grande (y) situada en el centro, y dos más pequeñas localizadas sobre las columnas de Hércules: la de la izquierda representa al Sacro Imperio Romano Germánico (el conocido como «Primer Reich») y la de la derecha (otra corona real), ambas con su respectivo «globus cruciger» cristiano. Parece que quieren dejar claro claro dónde está presente la iglesia y la realeza: a la «izquierda» y a la «derecha», pero sobre todo «arriba». También está claro dónde está ausente: «abajo».

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Cuando se redactó el artículo 14 de la Constitución, que dice: «Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.», no se tuvo en cuenta el artículo 56 que menciona que «la persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad» entrando en contradicción consigo misma, asi que podemos deducir que si la corona del escudo representa al Rey, y ésta culmina en un orbe, el cristianismo y la iglesia española tienen más privilegios incluso que el Rey, que no son pocos:

– Los títulos que ostenta son: Rey de Castilla, de León, de Aragón, de Mallorca, de las Dos Sicilias, de Sevilla, de Jerusalén, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Cerdeña, de Córdoba, de Córcega, de Murcia, de Jaén, de los Algarves, de Algeciras, de Gibraltar, de las Islas Canarias, de las Indias Orientales e Indias Occidentales, de las Islas y Tierra Firme del Mar Océano;
– También es: Archiduque de Austria; Duque de Borgoña, de Brabante, de Milán, de Atenas y Neopatria; Conde de Habsburgo, de Flandes, del Tirol, del Rosellón, y de Barcelona; Señor de Vizcaya y de Molina; etc; Soberano Gran Maestre de la Insigne Orden del Toisón de Oro y Gran Maestre de todas la órdenes civiles y militares del Estado.
– La figura del Rey está por encima de cualquier ley; no puede ser llamado a declarar en ningún juicio (ni tan siquiera como testigo). Así lo refrenda la Constitución cuando menciona que su figura «no está sujeta a responsabilidad» y que «de los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden», no él mismo.
– La sucesión en el puesto de el actual rey nacido en Roma es hereditaria de la familia Bourbon (sí, como el whisky), también conocida como familia Borbón en España.
– El Rey es el jefe del Estado español y también de las Fuerzas Armadas, y todo de forma vitalicia.
– Es el único que está exento del principio de responsabilidad de los poderes públicos.
– Tiene la potestad de sancionar y promulgar las Leyes (principio constitucional de publicidad de las normas).
– Las declaraciones de guerra y de paz (previa autorización de las Cortes Generales) son decisiones últimas del Rey (artículo 63.3 de la Constitución)
Recibe de los Presupuestos del Estado una cantidad para el sostenimiento de su Familia y Casa, y distribuye libremente la misma sin tener que dar cuenta a nadie de su empleo ni estar sujeto a auditorías.

Salvator_mundi

Si todos estos privilegios parecen mentira, los que posee la iglesia no parecen de este mundo (pero lo son):

– Incumple el concordato de 1979 entre España y el Estado Vaticano que obliga a la iglesia a buscar la autofinanciación. De eso han pasado 34 años.
– La iglesia puede registrar propiedades y expedir certificaciones de dominio público sin el visto bueno de ningún poder público ni notarial (Ley Hipotecaria de 1988.), lo que la convierte en el mayor propietario inmobiliario de España.
– Tiene exención total de impuestos como el de los bienes inmuebles (IBI) además de los impuestos sobre sucesiones, donaciones, transmisiones patrimoniales, contribuciones especiales y de la tasa de equivalencia; todo ello a pesar de lo que dice el artículo 31 de la Constitución: Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad.
– Tienen una casilla para donaciones en la declaración de la renta, que si no la marcas da igual, tu dinero les llega a través de las numerosas ONG cristianas de la otra casilla: la de «otros fines sociales» o a través de los fondos de cooperación internacional.
– Los capellanes que trabajan en cárceles, hospitales y cuarteles son considerados funcionarios y cobran sueldos del Estado, al igual que los profesores de religión de las escuelas pública.
– Un porcentaje elevadísimo de centros educacionales y asistenciales son dependientes de la iglesia.
– El Estado financia los colegios concertados que segregan a los alumnos por sexo.
– Existen capillas en multitud de Campus Universitarios.
– En actos y nombramientos oficiales se emplean los símbolos religiosos cristianos.
– La mayor parte de las fiestas y descansos vacacionales son de caracter cristiano.
– Recibe ayudas millonarias para conservar el patrimonio artístico de la Iglesia.
La Guardia Civil y el Consejo de Ministros concede medallas de Mérito a la Virgen.

Como vemos, el escudo de España contiene contradicciones simbólicas, legales e ideológicas a todos los niveles, y eso que solo hemos analizado la cúspide de la pirámide.

Enlaces:

Evangelio según San Juan 18:36 Jesús respondió: «Mi realeza no es de este mundo»
Constitución española de 1978 en PDF
Programa «Que Dios te lo pague» de Jordi Évole en la Sexta.
Programa «En portada: Con la Iglesia hemos topado» de RTVE.
Europa Laica cifra en más de 6.000 millones de euros la financiación pública de la Iglesia Católica
Indice de legislación española e internacional sobre asuntos religiosos
Acuerdos del Concordato de 1979 entre España y el Vaticano

Imágenes:

Escudo de España
Globus cruciger
Salvator Mundi
Corona de España

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